El Instituto Nacional de Calidad (Inacal), organismo adscrito al Ministerio de la Producción, aprobó una nueva Norma Técnica Peruana que define los requisitos de equipamiento y seguridad para el turismo de aventura en la modalidad de puentismo, con los que deben contar las agencias de viaje y turismo, personas naturales y jurídicas que prestan este tipo de servicio.
«Para la práctica segura de esta actividad, es necesario contratar servicios turísticos formales, que cuenten con el certificado de autorización correspondiente emitido por el órgano competente y exigir que los equipos que utilicen sean los apropiados y cumplan con especificaciones técnicas de seguridad que se recomiendan en la norma», afirmó la presidenta ejecutiva del Inacal, Clara Gálvez.
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La modalidad de puentismo es una actividad extrema conocida también como bungee jumping, que consiste en lanzarse desde un puente u otra estructura fija o móvil ubicado a gran altura, sujetados por cuerdas u otro material elástico que va atado al cuerpo de la persona.
La norma indica que la entidad prestadora de servicios debe tener un plan de manejo de riesgos documentado; políticas de gestión de respuestas ante las emergencias (actualizado anualmente); y contar con un procedimiento para el tratamiento de los reclamos recibidos, que pueden ser de manera presencial, por nota escrita, teléfono o correo electrónico.
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