El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) dio a conocer que las empresas que incumplan con efectuar el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), que se debe de realizar hasta el próximo 15 de noviembre, cometerán una infracción grave en materia de relaciones laborales.
En este sentido serán sancionadas por la Autoridad Inspectiva de Trabajo con una multa que se calcula en función a la cantidad de trabajadores afectados y de acuerdo al régimen laboral aplicable.
Para aplicar el interés legal laboral, en caso de incumplimiento, se tomará en consideración el periodo desde el cual corre el cómputo de los intereses laborales hasta la fecha que se hará el cálculo respectivo, se aplicará la tasa de intereses de CTS de la institución financiera que el trabajador eligió como entidad depositaria.
Asimismo, el depósito de la CTS se debe realizar en forma semestral en la institución elegida por el trabajador, dentro de los 15 primeros días naturales de mayo y noviembre de cada año.
Ingresan al cálculo de la CTS: la remuneración básica, así como los conceptos de comisiones o destajo, las prestaciones alimentarias de suministro directo, la remuneración vacacional, la remuneración por trabajo en días de descanso y feriados, las gratificaciones de julio y diciembre, el pago de horas extras, asignación familiar, además de otros.
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— Gua.pe (@guapuntope) November 6, 2022
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